El inmigrante ilegal irrumpe en una tienda y el dueño se niega a obligarle a salir. En ese momento exacto en que cometió un delito federal: 8 U.S.C. § 1324 Acoger o ocultar a un inmigrante ilegal = hasta 5 años. El cartel de la puerta debería decir "Cerrado... durante los próximos cinco años."